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viernes, 23 de enero de 2015

BERTA, ORANGUTÁN, PERSONA NO HUMANA


La justicia argentina ha reconocido derechos básicos a Berta, una orangután, sobre la base de que el alto grado de inteligencia de su especie permite reconocerlos como “personas no humanas”. De momento parece ser que la sentencia afecta sólo a ese ejemplar, pero ya se ve que queda abierto el camino para extenderlo sin dificultad a otros orangutanes, y a otras especies. Quiero aprovechar esta noticia para tratar el asunto con cierto detenimiento. Y, ya que se ha convertido en el motor ideológico de los “derechos de los animales”, quiero centrarme en ese Proyecto Gran Simio que sustenta estas iniciativas en todo el mundo –en todo el mundo que tiene tiempo para estas cosas, ya se entiende-. Acudiré para ello a su página web  www.proyectogransimio.org, donde se encuentran la “Nota aclaratoria” y la “Declaración de los grandes simios” a disposición de quien quiera consultarlas.

Empezaré por algo previo y adventicio: la Nota declara que “no pretende que se considere a chimpancés, gorilas, orangutanes y bonobos como humanos, que no son, sino como homínidos, que sí son”. Vamos a ver. En el curso de la evolución del orden de los Primates surgió hace 24 millones de años, en el suborden de los Antropoideos, el Procónsul, un animal que carecía de cola, poseía un tórax ancho, disfrutaba de una mayor movilidad de las extremidades y presentaba unos premolares de corona baja y molares relativamente anchos con cúspides bajas y redondeadas. Es el primer miembro de la superfamilia de los Hominoideos. De esta superfamilia surgió, hace 4,5 millones de años, la familia de los Homínidos, constituida, sucesivamente, por los géneros Orrorin, Australopithecus, Kenyanhtropus, Paranthropus y Homo. Sus rasgos diferenciales más importantes residen en su cerebro de gran complejidad y tamaño (el verdadero “órgano del lenguaje”), la bipedestación y el diseño, construcción y uso de herramientas por medio de tradiciones culturales. Fuera queda la rama que dio lugar a los Póngidos, nuestros grandes simios, que no son, por tanto, ni humanos ni homínidos, sino hominoideos. Son términos semejantes, pero no equivalentes, y no deberíamos considerarlos intercambiables si no queremos sacar a las palabras de su quicio.

Termina la Nota afirmando que “la cercanía genética entre el hombre y los demás simios es grande” Sin pararnos a considerar que el Proyecto Genoma Humano ha constatado la existencia de una variabilidad dentro de nuestra especie del 12 %, hablar de semejanza genética entre especies resulta equívoco, principalmente porque no se mide siempre en las mismas unidades: cromosomas, genes o pares de bases de los nucleótidos. Por lo que se refiere a cromosomas, por ejemplo, en la especie humana se produjo la fusión de dos cromosomas relativamente pequeños en uno bastante grande, llamado cromosoma 2, pero en los Póngidos permanecen separados los dos cromosomas originales. En cuanto a los genes, conviene recordar que de los 30 000 genes del ratón, sólo 300 se diferencian de los humanos, es decir, tenemos un 99 % de afinidad genética. Son los procesos de epigenética los que hacen que esos mismos genes den lugar en un caso a un ratón y en otro a un hombre. Y si pensamos en parentesco según los pares de bases, su valor se relativiza si consideramos que sólo el 1% de las bases se organiza en genes, es decir, se traduce en proteínas; el resto es lo que se denomina “ADN basura”, cuya función empiezan a conocer ahora los sabios, pero que, desde luego, parece mucha basura.

Por lo tanto, hablar de diferencia genética en términos que implican prácticamente una identidad entre las especies supone olvidar la importancia de los procesos del desarrollo. Al fin y al cabo, la anatomía y la conducta del hombre y las de los grandes simios son muy diferentes, y no hay más que comparar sus biomasas (la masa total que corresponde a cada especie) para comprender el enorme salto que supuso la aparición del género Homo. Si queremos tomar objetivamente los datos que nos brinda la Naturaleza tendremos que tener presente este aspecto: nos está diciendo que no somos tan iguales.

Pero sugerir una mayor o menor identidad entre las especies supone algo más. Supone haber perdido de vista en qué consiste ser persona. Por eso puede leerse en la Declaración mencionada al principio que “no podrá privarse de libertad” a los “miembros de la comunidad de los iguales” (que es como llama al orangután, el gorila, el chimpancé y el bonobo) “sin que medie un proceso legal” y sin que hayan sido “condenados por un delito”. Y eso porque “poseen unas facultades mentales y una vida emotiva suficientes como para justificar su inclusión en la comunidad de los iguales”.

¿Cuáles serán esas facultades? Sabemos que los seres humanos estamos desprovistos casi totalmente de instintos, lo que significa que debemos decidir nuestra conducta libremente, incluso contraviniendo las exigencias de los escasos y débiles instintos que nos quedan. Por poner un ejemplo, yo puedo utilizar un palo para alcanzar un plátano y el simio también puede; puedo introducir una rama en un hormiguero, para sacar las hormigas y comérmelas (si quiero), y el simio también puede; pero puedo encontrarme, tras una semana de ayuno, con un alimento saludable y apetitoso al alcance de la mano, y renunciar a él, y eso no puede hacerlo el simio, al que el instinto empuja invenciblemente a calmar el hambre. Y más: puedo prometer bajar mañana a bañarme al río, independizándome así del presente –y de mis apetencias de ese mañana-, y también puedo no cumplir esa promesa. ¿Serán éstas las facultades a las que se refiere la Declaración?

Precisamente porque no estoy obligado por los instintos y puedo elegir mi conducta, tiene sentido que se me pida cuentas de ella. Pero si un orangután entra en mi casa y me rompe una lámpara o hace sus necesidades en la alfombra, pongo por caso, no puedo demandarlo y reclamarle daños y perjuicios porque, ante los estímulos presentes, se han puesto en marcha sus instintos y no ha tenido alternativa. Me dicen ahora que podré iniciar un proceso legal contra él y que, llegado el caso, el orangután será declarado culpable y condenado. No entiendo cómo puede adoptarse esta iniciativa bajo el banderín de la defensa de los animales. Y como no consigo imaginar al orangután declarando ante el juez como imputado, yo, la verdad, espero que en ese momento designen a un responsable civil subsidiario del género Homo que corra con los gastos que me haya ocasionado, y ya se entenderá luego él con el orangután, si acaso.