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jueves, 10 de junio de 2021

LA EUTANASIA NO ES UN ACTO MÉDICO

A Fernando Campo Cerecedo, amigo tan cercano a tan larga distancia.

La ley de eutanasia que se pone en marcha en España descarga el peso de la acción en las espaldas del personal sanitario, y no se ve muy bien por qué. Es inherente a la vida humana el dolor, el sufrimiento y la muerte, pero una ley que permite quitarles la vida a los que están más necesitados de apoyo no sólo no es un acto sanitario, sino que es lo contrario de un acto sanitario. Médicos y enfermeros se han preparado, han luchado y han entregado su persona, su conocimiento y su voluntad, a procurar la curación, o, al menos, el alivio, del enfermo, y ahora, de pronto, se les pide que pongan fin al sufrimiento de una forma trágica. Todos los colegios profesionales se han pronunciado públicamente en contra, lo mismo que instituciones del mundo de la Bioética. Pero no se les ha escuchado. De la misma manera que no se ha abierto un debate, ni se ha pedido la opinión de los expertos: investigadores, médicos, enfermeros, asistentes sociales, psicólogos..., en fin, todo el conjunto multidisciplinar que acompaña a las personas en su fase terminal. En el que hay que incluir, naturalmente, al servicio religioso: el moribundo tiene una conciencia y muy a menudo una fe religiosa, y esas son también dimensiones de la persona que deben ser atendidas: no estamos hablando de las clínicas veterinarias. 

Es una ley, además, en la que los legisladores han rechazado la obligación de introducir los cuidados paliativos para todo el mundo, como hacen leyes análogas de otros países. Para los legisladores españoles la única alternativa a la eutanasia es el sufrimiento: o soportas el sufrimiento  o te matamos, no hay otra opción. Los cuidados paliativos sólo cubren en la actualidad a la mitad de la población española. Cada año mueren en España 70000 personas con un sufrimiento evitable, y el único criterio que decide la cuestión es el código postal del enfermo. 

Entra también en conflicto esa ley con la conciencia del profesional al que se le encarga la tarea. Cuando teníamos pena de muerte existía una profesión específicamente dirigida a eso: el verdugo. No sé si ha habido algún verdugo vocacional –personalmente, dudo que eso sea fruto de una elección libre-, pero el que entraba en esa profesión ya sabía a lo que iba. En este caso, es exactamente al revés: a un profesional que ha optado por la vida se le pide que sirva a la muerte sin pestañear. Estos son tiempos en los que menudean los conflictos de la ley con las conciencias, y no son excepción las personas cuya voluntad no encuentra la fuerza necesaria para ponerse de parte de su conciencia y enfrentarse a la ley. La presión jurídica y social puede ser insoportable y anular la libertad de elección. 

Hay que recordar, como recogía el premio Pulitzer David Remnick, que el poco sospechoso Barack Obama observaba que “es un error pedir a los creyentes que dejen su religión en la puerta antes de entrar en el foro público. La mayoría de los grandes reformadores de la historia estadounidense no solo estaban motivados por la fe, sino que utilizaron repetidamente el lenguaje religioso para argumentar en favor de su causa. Así que decir que los hombres y las mujeres no deberían inyectar su 'moralidad personal' en los debates de política pública es un absurdo en la práctica. Nuestra ley es, por definición, una codificación de la moral, de base judeo-cristiana”. Y nos recordaba san Juan Pablo II que la historia de la humanidad no es sólo historia de acontecimientos externos, sino “la historia de la conciencia humana, de las victorias y derrotas morales”. 

El propio legislador sabe muy bien dónde se está metiendo, y tiene mala conciencia. Por eso, conocedor de su propio conflicto, comprende el que podrían tener los demás, y se apresura a exonerarles de cumplir la ley introduciendo un largo artículo que regula la objeción de conciencia. Algo que no encontramos, por ejemplo, en las leyes que concretan nuestras obligaciones fiscales, ni, desde luego, en la obligación del deber de socorro, que está en dirección exactamente contraria. 

Un último apunte: la eutanasia va en contra de lo que establece la buena práctica, recogida en el Juramento Hipocrático y en los códigos deontológicos. Y no se puede dar por sentado que todos los sanitarios están dispuestos a saltársela, no  podemos ponerlos a todos bajo sospecha: mientras no se demuestre lo contrario,  todo sanitario se posiciona contra esa ley.  Por eso no es necesario un registro de objetores. Lo que se debería elaborar, más bien, es un registro de los que están dispuestos a saltarse la buena práctica y llevar adelante una eutanasia.