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lunes, 13 de octubre de 2025

REGISTRO DE OBJETORES

 


Hace unos pocos días fui testigo de algo que me hizo sonreír en un principio, y después me ha hecho pensar. Alguien preguntaba a una aplicación de “inteligencia artificial” a través de su móvil: ¿Cuántos brazos tiene… Y cuando hubiera debido terminar la pregunta concretando a qué se refería se quedó en silencio, seguramente buscando cómo expresarlo, cómo formular la pregunta. La aplicación interpretó ese silencio como el final de la pregunta, y se lanzó a responder: La respuesta a la pregunta ¿cuántos brazos tiene? depende del contexto. Una persona tiene generalmente dos brazos, un pulpo tiene ocho brazos o tentáculos, la vía láctea tiene cuatro brazos espirales principales,... 


Sonreí en ese momento, pero desde entonces el recuerdo de aquella respuesta me parece de la máxima actualidad. Porque la aplicación en cuestión supo contemplar al hombre en su situación habitual: de suyo, y si no se hacen más aclaraciones, el hombre tiene dos brazos. Pero a esa aplicación le parece que también los individuos que por alguna razón han perdido uno de sus brazos, o los dos, siguen estando incluidos en la idea de “hombre”.


Según datos del Ministerio de Sanidad, en 2024 se provocaron en España 106.172 abortos, el 21,25% de ellos, en centros de titularidad pública. Del total de abortos provocados, el 2,71% se justificó por riesgos de salud del feto, el 2,65%, por riesgo para la salud  de la madre y el 94,62 (100.460) "a petición de la mujer". Cien mil abortos, casi la totalidad de los ejecutados en España, se llevaron a cabo porque la madre así lo decidió. Yo leo estos datos y me pregunto: ¿por qué quieren cambiar una Constitución con la que es posible esto? ¿Cuáles son esas restricciones actuales que se sortearían mediante un cambio en la Constitución? No acabo de verlas.


Pero hay otra cosa que me hace pensar. Una mínima, minúscula fracción del total apela a una cuestión de “riesgo para la salud” de uno u otra, poco más del 5% del total. ¿Por qué se considera, entonces, un acto médico? La medicina combate la enfermedad y promueve la salud; esto, es otra cosa. No se requiere un compromiso de velar por la salud para llevar a cabo un aborto. Lo que se requiere, más bien, es una habilidad, una capacitación técnica. Que puede enseñarse y aprenderse fuera de las Facultades de Medicina. Que debería aprenderse fuera de esas Facultades, porque los que salen de ellas son continuadores de una tradición que, desde hace más de 2000 años, establece unos criterios mínimos de bioética que incluyen, entre otros aspectos, no dar “jamás a nadie medicamento mortal, aunque me lo pidan, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a ninguna mujer.“ Esa tradición ha permanecido inalterable hasta que, muy recientemente, algunas versiones, precisamente para “lavar” las muertes provocadas por la eutanasia y el aborto, han suprimido ese párrafo.


Lo que no cambia el hecho de que la Medicina, antes y ahora, actúa con el objetivo de cuidar, preservar y -cuando es posible- sanar la vida humana, toda vida humana. También la de los asesinos confesos, la de los torturadores, la de los criminales de cualquier orden. También la de ellos. Y, con más razón, la de lo inocentes, incluso la de los que no pueden reclamar esos cuidados. Y, como hace la inteligencia artificial, no se deja confundir por el número de brazos que tenga ese hombre, o por su estatura, o por su lugar de residencia.


De modo que mi pregunta sigue sin respuesta: ¿por qué se encarga a los médicos la ejecución de un aborto? ¿No sería más razonable formar específicamente a profesionales para esa función, en vez de romper la imagen de los médicos que se ha conservado hasta hoy y que nos permite confiar en que estamos en buenas manos y que no van a actuar contra nuestros intereses amparándose en su conocimiento superior? ¿No es más claro llamar al pan, pan, y al vino, vino?


Y otra cosa: ¿por qué habría que hacer un registro de médicos objetores al aborto? Eso es dar por sentado que la mayoría de ellos estarían, de entrada, dispuestos a acabar con la vida que tienen en sus manos. ¿No sería más razonable dar por sentado que ningún médico se prestaría a eso, y, apuntar en una lista el nombre de los que sí están dispuestos,  para saber a quién acudir cuando me interese dar con uno? 


(publicado en la Hoja del lunes de Alicante el 13 de octubre de 2025)

miércoles, 24 de septiembre de 2014

FIN Y CONTINUACIÓN

La retirada del anteproyecto de Gallardón, y la del propio ministro del ruedo político ha sido recibida con regocijo por el sector favorable al aborto libre al grito de “Ganamos todos”. Sin embargo, la tradición humanista de Occidente se ha esforzado siempre en defender la vida humana, especialmente cuando se encuentra más débil e indefensa, incluyendo expresamente la vida del no nacido, como fue proclamado por la izquierda en el lejano siglo XIX. El aborto procurado nunca ha formado parte de la historia de la democracia ni de las libertades.

En realidad, el anteproyecto que lleva el nombre de Gallardón debe su existencia a Zapatero: la ley de 2010 provocó una gran reacción social: convocamos grandes manifestaciones, se habló de ello en la calle, en la radio, en la televisión, se trató en asunto en la prensa escrita, etc. En definitiva,  se hizo visible ante la opinión pública que una parte muy importante de la sociedad española  estaba a favor de la vida. Y  eso fue lo que llevó al PP a incluir en su programa electoral  la modificación de la Ley del Aborto. El que ahora haya sido retirado no invalida el hecho, la importancia de la manifestación pública a favor de la vida.

Lo cual sirve para darnos cuenta de la trascendencia histórica de las cosas que hacemos,  porque todos los que nos movimos en la sociedad española para defender la vida en los años 2009 y 2010 éramos gente irrelevante.  Pero muchos. Y muchos irrelevantes son una fuerza histórica y pueden provocar que pasen cosas como ésta. De ahí  la importancia de que nos tomemos todos en serio la defensa de la vida.

¿Por qué se da este debate sobre el anteproyecto de ley del concebido en España,  y no en Francia,  o en Italia, o en Alemania, que legalizaron el aborto antes que nosotros?  Porque en esos países, poco a poco, se fueron acostumbrando, dejó de hablarse de ello.  Pero en España, desde que se aprobó la ley del aborto en 1985, hubo mucha gente que no se acostumbró. En España ha seguido siendo siempre un tema conflictivo, en el que los políticos han sentido la presión de la calle para opinar en las campañas electorales. Se ha mantenido vivo el debate, y lo hemos mantenido la gente defensora de la vida. Porque hemos seguido hablando de la defensa de la vida, porque hemos articulado instituciones para ayudar a la mujer embarazada - como Red Madre-, porque no nos hemos acostumbrado al aborto ni lo hemos banalizado. Cuando una parte relevante de la sociedad no banaliza el mal y no se acostumbra a él está en condiciones de superarlo, y en España, muchos españoles, durante muchos años, gente anónima que nunca saldrá en los libros de historia, ha ido dando esta batalla.

Estas cosas se pueden hacer. Los éxitos no suelen ser inmediatos, pero se pueden hacer. Y ahora que este anteproyecto de ley ha sido retirado seguiremos dando pasos para defender la vida
- el primero es el compromiso personal con la vida: el primer sitio donde debe hacerse visible el amor a la vida es en mi vida, en mi actitud ante el embarazo de mi mujer, de  mi hija; en si le tengo miedo a la vida o no.
- en segundo lugar, la defensa de la vida es hablar bien de la vida,  del compromiso, y de la mujer, y del embarazo. Y de la discapacidad;  no porque sea deseable, sino porque, cuando existe, es digna, porque el discapacitado es digno. Y no podemos tenerle miedo a eso. Tenemos que hablar bien de las cosas buenas. En la cafetería, en la cola de la compra, en el periódico, en la radio,… donde podamos. Vale la pena arrimar el hombro e impulsar iniciativas que contribuyan a que la sociedad actual comprenda la trascendencia que tiene la defensa de la vida humana y la protección del no nacido.  
-y, en tercer lugar, solidaridad con la mujer. Hay mujeres que lo pasan muy mal. Hay situaciones profundamente injustas en nuestra sociedad. Y una ley del aborto muy laxa genera estructuras de violencia alrededor de la mujer para que aborte: como la ley lo permite, es la manera fácil de quitarse de encima los problemas, y… ¡allá ella! Y por eso, con una ley del aborto, o con otra, o sin ninguna, siempre habrá que estar al lado de la mujer embarazada para ayudarla a que no sea tan oneroso seguir adelante con su embarazo.

Una buena ley en materia de aborto es aquella que protege siempre, y sin ninguna excepción, al niño no nacido, y que protege siempre, y sin ninguna excepción, a la mujer embarazada, para que nunca se sienta sola. Una ley que  no protege a uno o a otra es una ley injusta, y una ley que no protege ni a uno ni a otra, como hace la ley de España de 2010, es doblemente injusta.




miércoles, 7 de mayo de 2014

EL ABORTO EN ESPAÑA Y EL ANTEPROYECTO DE GALLARDÓN


Leo numerosos comentarios del anteproyecto de ley que pretende cambiar la situación del aborto procurado en España, y me llama la atención la frecuencia con que es denostado por quienes se titulan defensores de la vida. Como la cuestión no es baladí, quisiera presentar este asunto en su contexto. Y, para entender la situación en la que nos encontramos, voy a empezar por los antecedentes.

El PSOE presentó en 1983 un proyecto de despenalización del aborto, al que interpuso el PP un recurso previo de inconstitucionalidad. En su resolución, el Tribunal Constitucional estableció que la vida del no nacido es un bien reconocido en la Constitución, y, por lo tanto, el Estado tiene la obligación de protegerla. Pero, al no ser el no nacido titular de ese derecho, podría quedar desprotegido cuando ese derecho entrase en conflicto con algún derecho de la madre de igual rango constitucional, y siempre que ese conflicto no se pueda resolver de otra manera. Y contemplaba tres supuestos en los que esto podía suceder:
-que el embarazo sea fruto de una violación.
-que se prevea que el niño nazca con alguna 
           enfermedad grave, o con malformaciones.
-que peligre la salud de la madre.

Con estos supuestos se aprobó la ley de 1985. ¿Que pasó entonces? Pues, además de que se disparó el número de abortos por el carácter “didáctico” de las leyes (“si la ley lo prohíbe será que es malo; si la ley lo permite será que no es malo”), y de que se banalizó en la conciencia colectiva la gravedad del aborto, lo que pasó fue que, bajo la etiqueta “peligro para la salud psíquica de la madre” se produce un fraude de ley, porque los médicos de los abortorios, cuando una mujer quería abortar, certificaban que no hacerlo afectaría a su salud psíquica, de modo que, en la práctica, lo que había en España era “aborto libre” (un aborto libre que supone un suculento negocio, ya que se trata del sector más privatizado de la “sanidad”: el 90% de los abortos se realizan en clínicas privadas).

Así está la cosa cuando la ley de 2010 agrava la cuestión: la vida del niño queda absolutamente desprotegida durante 14 semanas por el simple deseo de su madre; desde entonces hasta la semana 22 se mantienen los antiguos supuestos, y a partir de la semana 22 se permite el aborto en caso de enfermedad grave o incurable, del feto. Y todo esto debe ser amparado y financiado por el Estado, porque es un derecho de la mujer.

Pero empieza a haber en todo el mundo un hartazgo del dolor que genera el aborto. Hay ya mucha experiencia del drama que el aborto encierra, para las propias madres en primer lugar, y cada vez conocemos mejor al no nacido: ya es alguien visible. Y ahora llega el anteproyecto de Gallardón. Lo primero que hay que decir de él es que no es una ley de aborto. En la propia “Exposición de motivos” que introduce el texto se lee que, de acuerdo con el Tribunal Constitucional, el Estado español tiene, respecto al nasciturus, dos obligaciones: abstenerse de interrumpir u obstaculizar el proceso de gestación, y establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga su protección efectiva, llegando, dado su carácter de valor fundamental, a incluir, como última garantía, normas penales. Hay que puntualizar que la ley perseguirá a quien practique el aborto, no a la mujer que se somete a él, y a la que la ley considera en todos los casos la segunda víctima (a pesar de la interesada propaganda contraria, lo cierto es que nunca se ha condenado en España a una madre por abortar).

El nombre de este anteproyecto es “Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada”. Y el contenido se corresponde con el título, que viene a aplicar con seriedad la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985. Vamos a verlo. No trataré del supuesto de violación, porque no se modifica. Respecto a los otros dos:

-suprime el supuesto eugenésico –la despenalización del aborto por enfermedad grave del hijo-, que es algo profundamente discriminatorio, pero también es -tristemente- la indicación mejor aceptada por la población. Y la suprime por pura coherencia: una enfermedad del hijo no supone ningún conflicto con ningún derecho de la madre de rango semejante; simplemente es algo que le pasa al hijo.
-en cuanto al supuesto "terapéutico" -enfermedad grave, física o psíquica, de la madre-, que fue motivo de aborto libre en la práctica hasta hoy, el reto es evitar ese fraude de ley. Para ello se introducen diversos mecanismos:
-deben ser dos médicos (no uno sólo) los que certifiquen esa enfermedad grave.
-esos médicos deben ser especialistas en esa materia (ahora muy bien podría ocurrir que médicos no especialistas vivan de emitir esos certificados).
-no deben tener relación laboral o profesional con los que practican el aborto, ni con los centros en los que se aborta.
-el dictamen debe ser motivado –debe explicar por qué esa enfermedad de la madre entra en conflicto con la vida del hijo- (ahora bastan dos líneas: “El Dr. …… certifica que Dña ……… padece tal enfermedad, por lo que debe ser sometida a un aborto”).
-debe explicar por qué ese conflicto no puede resolverse de otra manera.
-y esto sólo es posible en las primeras 22 semanas de gestación; desde entonces, sólo se despenaliza en caso de grave peligro de la vida de la madre que no pueda resolverse con una inducción al parto (pues en ese momento ya se considera viable al niño).

-la información que se proporciona a la madre deja de ser un proceso burocrático y frío: ya no son unos papeles que se entregan en un sobre cerrado, sino que debe ser comunicación personal, verbal, directa, y se propone como objetivo evitar el aborto ofreciendo otras soluciones. Y este asesoramiento ya no se puede dar en el centro abortorio, ni por su personal.

En definitiva, se trata de un anteproyecto valiente que invierte decididamente la situación en la que nos encontramos: si vamos a hacer una valoración, tenemos que hacerla bien. Y considerar cuál es la alternativa. Este anteproyecto tiene algunos huecos, pero una aspiración a máximos no puede hacernos perder de vista el avance notable que supone en cuanto al resguardo de la vida humana. Es un gran paso adelante, digno de elogio. Y es un acto de valor notable por parte del Gobierno que lo propone, que ya se figuraba la que le iba a caer encima.